- El procedimiento se habrá iniciado, tramitado y resuelto sin que conozcas ninguno de los verdaderos hechos y motivos del expediente. A veces la Administración notifica directamente la multa con el recargo de apremio.
- Como ciudadano, y de acuerdo con el artículo 53.1.e) de la Ley del Procedimiento Administrativo Común, entre otros, tienes derecho a formular las alegaciones que estimes oportunas.
- Además, se estaría vulnerando tu derecho a la legítima defensa, que se aplica en el procedimiento administrativo.
- Esto implicaría que la imposición de la multa es NULA de pleno derecho por no haber seguido el procedimiento y provocarte indefensión.
Ante esta situación no dudes en presentar cuantos recursos sean necesarios para proteger tus derechos, empezando por el recurso de reposición.
Si alguna vez te has visto en esta situación, no dudes en contactar conmigo: