Una de las principales novedades en materia laboral que se han implementado tras la crisis de la Guerra de Ucrania es que, conforme al Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, podemos ausentarnos del trabajo sin perder el salario durante “cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja a de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.”
Algunas empresas suelen mantener los tres días de la legislación anterior, pero eso no es así, no permitas que, por algo tan serio, te recorten ese derecho.